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Cómo se reparten las regalías del litio en Argentina: el esquema federal explicado

Las provincias son dueñas del recurso, pero la cadena de valor del litio involucra a Nación, municipios y empresas. Una guía clara sobre quién cobra qué y cómo entra en juego el RIGI.

El punto de partida: el dominio provincial del recurso

La piedra angular del esquema argentino está en la Constitución Nacional. Desde la reforma de 1994, el artículo 124 establece que el dominio originario de los recursos naturales pertenece a las provincias. Esto significa que el litio —al igual que el resto de los minerales— es, en términos jurídicos, propiedad de la provincia donde se encuentra el yacimiento, y no del Estado nacional.

Esta característica distingue a la Argentina de otros países productores donde el subsuelo es de dominio nacional. En la práctica, las tres provincias del llamado 'triángulo del litio' argentino —Jujuy, Salta y Catamarca— son quienes otorgan las concesiones, fiscalizan la actividad y, fundamentalmente, perciben las regalías mineras. Nación, en cambio, conserva la potestad de dictar el Código de Minería y la legislación de fondo, pero no es titular del recurso.

Qué son las regalías y cuánto representan

Las regalías mineras son una contraprestación que paga la empresa a la provincia por extraer un recurso no renovable. La Ley de Inversiones Mineras (Ley 24.196) fija un tope máximo del 3% sobre el valor del mineral en boca de mina, es decir, el valor del producto antes de los costos de procesamiento, transporte y comercialización. Cada provincia define dentro de ese marco su alícuota efectiva.

En la práctica, las provincias litíferas aplican alícuotas cercanas a ese 3% sobre el carbonato o cloruro de litio. Sobre un proyecto de salmuera que produzca decenas de miles de toneladas anuales de carbonato de litio grado batería, esto puede representar ingresos provinciales que oscilan entre varios millones y decenas de millones de dólares por año, según los precios internacionales y los volúmenes de cada operación.

El rol de Nación: impuestos, no regalías

Aunque Nación no cobra regalías, participa de manera significativa en la renta del litio a través del sistema tributario general. El impuesto a las ganancias, el IVA, las contribuciones a la seguridad social y, según el contexto, los derechos de exportación, constituyen la vía por la cual el Estado nacional captura una porción de la actividad.

A esto se suma el rol regulatorio y de coordinación: Nación negocia tratados de inversión, fija la política cambiaria y comercial, y administra los regímenes de promoción. La estabilidad fiscal prevista en la Ley 24.196 —que garantiza por 30 años que la carga tributaria total de un proyecto no aumente— es un compromiso que involucra tanto a Nación como a las provincias adheridas.

El reparto puertas adentro de la provincia

Una vez que la provincia percibe la regalía, suele existir un mecanismo de redistribución interna. Varias jurisdicciones destinan un porcentaje de lo recaudado a los municipios donde se asienta la actividad o a fondos específicos de desarrollo, infraestructura o sustentabilidad ambiental.

Jujuy, por ejemplo, ha canalizado parte de la renta a través de su empresa estatal provincial, que participa en proyectos y obtiene dividendos adicionales a la regalía. Catamarca y Salta han explorado fondos fiduciarios y participaciones accionarias estatales. Estos esquemas buscan que la riqueza minera deje un derrame local más allá del tributo formal.

Cómo interactúa el RIGI con el esquema de regalías

El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), vigente desde 2024, fue diseñado para atraer proyectos de gran escala —con inversiones superiores a los 200 millones de dólares— ofreciendo beneficios fiscales, cambiarios y aduaneros, además de estabilidad por 30 años. El litio es uno de los sectores naturalmente alcanzados por este régimen.

Un punto clave es que el RIGI no elimina las regalías provinciales: el tope del 3% sobre el valor en boca de mina se mantiene, ya que es una potestad de las provincias sobre un recurso de su dominio. Lo que el régimen sí establece es un límite a la presión tributaria adicional y garantías de libre disponibilidad de divisas. Por eso, para que un proyecto litífero acceda plenamente a los beneficios, suele ser necesario que la provincia adhiera al RIGI, articulando así el incentivo nacional con el dominio provincial del recurso.

Un equilibrio federal en plena expansión: el caso de la Puna

El esquema argentino refleja una tensión virtuosa del federalismo: las provincias son dueñas del recurso y cobran regalías, pero dependen de la estabilidad macroeconómica y los regímenes que diseña Nación para que las inversiones lleguen. En la Puna —donde las salmueras de bajo costo posicionan a la Argentina como quinto productor mundial— este equilibrio define buena parte del atractivo del país.

Para inversores y funcionarios, comprender este reparto es esencial: el litio argentino no se gestiona desde un único centro de decisión, sino en la articulación entre provincias titulares, un marco tributario nacional y regímenes de promoción como el RIGI. La calidad de esa coordinación será, en buena medida, lo que determine cuánto de la renta del litio se transforme en desarrollo duradero para las comunidades de altura.

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